Noticias laborales
Lunes 20 Febrero 2023
A medias. Ejecutivo podrá agilizar obras por S/127.000 millones. Sin embargo, la simplificación tributaria deberá esperar.
Se otorgó la confianza figura la propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para agilizar la ejecución de S/127.000 millones en proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), así como facilitar la devolución del IGV a los turistas extranjeros.
Permisos laborales ...
¿ Cuántos días de permiso tengo en el trabajo en caso de fallecimiento de un familiar? .... Sector Privado
Si fallece un familiar directo, tu empleador debe otorgarte un tiempo de licencia de acuerdo a ley. ¿Cuántos días son y cómo saber si es remunerado?
El Congreso de la República aprobó en noviembre la ley N° 31602, que establece el otorgamiento de días libres a un trabajador de la empresa privada ante el fallecimiento de un familiar directo.
El trabajador recibirá 05 días de permiso en su centro de labores por el fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos, que podrían ser ampliados a 03 días cuando el deceso ocurra en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el lugar de trabajo del trabajador.
La ley no dice que la licencia sea remunerada
Los trabajadores del régimen privado en el sector público quedan desprotegidos de esta ley, debido a que no los ampara.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó 19/02/2023 la última lista de extrabajadores cesados irregularmente, quienes quedan inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI).
Se trata de una relación de 13530 extrabajadores aprobada mediante resolución ministerial N° 093-2023-TR
Las personas incluidas en la lista, en un plazo máximo de 60 días hábiles contabilizados, deben optar por uno de los beneficios previstos en el artículo 3 de la Ley Nº 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales.
Deben presentar el formato “Solicitud de Elección del Beneficio” ante la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria del MTPE o la que haga sus veces en las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, a nivel nacional.
La documentación que acredite la elección del beneficio, de acuerdo con la Ley Nº 27803, puede ser presentada en copias simples, adjuntando una declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
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