sábado, 11 de febrero de 2023

Domingo 12 Febrero 2023

   


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Noticias laborales 
Domingo  12 Febrero  2023

Fijan reglas para verificar despidos arbitarios
Sunafil aprueba directiva para labor de inspectores.
Resolución N° 074-2023-Sunafil, aprobó la Versión 2 de la Directiva N° 003-2020-Sunafil/Dini, denominada ‘Directiva sobre la verificación de despido arbitrario por impedimento de ingreso al centro de trabajo

La solicitud de verificación del despido se podrá presentar de manera presencial,  o de forma virtual, mediante la plataforma alojada en la página web de la Sunafil, denominada ‘denuncia virtual’.

Las  actuaciones inspectivas para verificar el despido arbitrario se podrán efectuar de forma presencial o virtual, esta última de forma excepcional, precisa la directiva de la entidad. Para el segundo caso, detalla, se utilizarán las herramientas tecnológicas de la información y las comunicaciones, tales como la casilla electrónica de la Sunafil, llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos, mensajes por WhatsApp, videoconferencias, entre otros.

Cuando se ejecuten las actuaciones de forma virtual, el requerimiento de información efectuado por el inspector se realizará mediante la casilla electrónica de la Sunafil y/o de los recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios

Manual  despido  arbitrario  2023
Manual  pdf + formatos  word















Pensiones se sostendrían también con aporte de empleadores
Reforma. PCM evalúa que hasta el Estado contribuya para mejorar la calidad de vida de los jubilados. Comisión de Trabajo del Congreso consensúa propuesta con trabajadores.

Una posible  deslaboralizacion del sistema, es decir, que aporten también los trabajadores independientes informales.

Se examina subir las tasas de aportaciones pero aplicar a un modelo escalonado: A una persona que gana el mínimo no se le puede exigir lo mismo que a alguien que gana 5.000 o 10.000 soles, pero todos deben contribuir

El convenio 102 de la OIT —ya ratificado por el Perú— establece que la pensión mínima debe ser del 40% de la remuneración referencial, pero aquí no se cumple, por lo cual es necesario el aporte del empleador y que el Estado garantice no solo el ahorro, sino también la distribución solidaria, abandonando así el esquema de ahorro individual "que no ha funcionado a nivel internacional ni aquí."

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